AYUDAS COVID PLAN RESISTIR PLUS GVA

Estimados clientes.

Hoy, 31 de mayo, se abre al plazo para solicitar las ayudas del denominado “Plan Resistir Plus”, con origen en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, y del que ya informamos en nuestra anterior news.

A continuación, os resumimos los aspectos más relevantes de estas ayudas, no obstante, y dada su extensión normativa y peculiaridades, adjuntamos enlace de GVA con información completa.

  1. Las solicitudes se presentarán en dos tramos: a) del 31/05 al 04/06 los empresarios que apliquen el régimen de estimación objetiva del IRPF y los empresarios, profesionales y empresas que iniciaron actividad entre el 01/01/2019 y el 31/12/2019. b) del 07/06 al 11/06 el resto de beneficiarios.
  2. Serán beneficiarios los siguientes:
    a. Que desarrollen su actividad en alguno de los CNAE previstos en anexo.
    b. Que el volumen de operaciones de 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019. Este requisito no será necesario para los empresarios que apliquen el régimen de estimación objetiva del IRPF y los empresarios, profesionales y empresas que iniciaron actividad entre el 01/01/2019 y el 31/12/2019.
    c. Que tengan un volumen de deudas pendientes subvencionables de, al menos, 4.000,00 €.
  3. Requisitos adicionales y obligaciones de los beneficiarios. Entre otros, los siguientes:
    a. No haber declarado un resultado negativo en IRPF, IS o IRNR en el ejercicio 2019.
    b. Hallar