Beneficiarios.

  • Empresas de naturaleza jurídica privada y trabajadores autónomos con centro de trabajo en la Comunidad Valenciana.

No podrán tener la condición de beneficiarios:

  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles y comunidades de bienes.
  • Personas o entidades en las que concurra alguna prohibición de la Ley General de Subvenciones.
  • Sectores excluidos: Pesca y Acuicultura, Producción primaria de productos agrícolas, Transformación y comercialización de productos agrícolas y Exportación.
  • Ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.

Exclusiones.

  • Contratos que tengan un periodo de prueba igual o superior a 2 meses, los contratos fijos discontinuos y los contratos de servicio del hogar familiar.
  • Contratos a tiempo parcial, salvo en el caso de personas con diversidad funcional severa, cuya jornada podrá ser de al menos 15 horas semanales.
  • Trabajadores que hubieran finalizado su relación laboral con la entidad empleadora en los 6 meses previos a la contratación.
  • Contrataciones realizadas por ETT’s
  • Contrataciones realizadas por empresas que hubieran sido excluidas como beneficiarias de programas de empleo.
  • Contrataciones realizadas por empresas sancionadas en los 2 años anteriores en materia de PRL o SS por infracciones graves o muy graves.
  • Relaciones laborales de carácter especial.
  • Contratación de familiares por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado (inclusive en sociedades).

Obligaciones.

  • Formalizar los contratos de trabajo por escrito.
  • Formalizar los contratos de trabajo por escrito.
  • Los contratos a tiempo parcial de personas con diversidad funcional deberán recoger expresamente el número de horas semanales de trabajo.
  • Mantener el empleo creado durante al menos 12 meses (para contratos en prácticas) o 24meses (para contratos indefinidos y conversiones). En el supuesto de que el trabajador cause baja por los siguientes motivos: Baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, fallecimiento, jubilación, despido disciplinario u objetivo no declarado improcedente, podrá ser sustituido en el plazo de 1 mes por otra persona perteneciente al colectivo correspondiente a fin de completar, bajo las mismas condiciones contractuales que tenía la persona joven sustituida, el periodo de mantenimiento que quedara pendiente de cumplir. Si la baja de la persona trabajadora se produjera con anterioridad a la resolución de concesión, decaerá el derecho a la solicitud presentada.
  • Mantener la plantilla media durante al menos 12 meses (para contratos en prácticas) o 24 meses (para contratos indefinidos). No computan: Baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, fallecimiento, jubilación por motivos de edad, despido disciplinario u objetivo no declarado improcedente de la persona trabajadora.
  • Aportar Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo a la plantilla media de trabajadores en alta durante el periodo de mantenimiento.
  • Facilitar datos e información al SERVEF, comunicar incidencias y variaciones que se produzcan con relación a aquéllas.
  • Comunicar durante la vigencia del expediente la solicitud o concesión de otras ayudas en la misma materia.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados,… en los términos exigidos por la legislación mercantil; así como conservar los documentos que justifiquen la aplicación de los fondos recibidos.
  • Las personas jurídicas deberán contabilizar el cobro de la subvención a través de un código contable específico, cuyo extracto deberá aportarse al SERVEF.
  • La documentación justificativa deberá conservarse hasta aproximadamente 2025.
  • Difusión pública y comunicación a la persona contratada.
  • Cumplir con las obligaciones de transparencia y aportar declaración.
  • Facilitar al SERVEF las medidas de acompañamiento que propicien la adecuación de la inserción.

Líneas de ayuda.

  1. Contratación en prácticas.
    • Condiciones:
      • Contrataciones a partir del 06/02/2020 al 30/09/2020.
      • Contratación en prácticas a tiempo completo con una duración mínima de 12 meses. Para personas con diversidad funcional severa se admitirán contratos a tiempo parcial con una jornada de al menos 15 horas semanales.
      • La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de los 30 días anteriores a la celebración del contrato, o mantenimiento de la plantilla cuando el puesto que se cubra hubiera quedado vacante a raíz de una baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, fallecimiento, jubilación por motivos de edad, despido disciplinario u objetivo no declarado improcedente de la persona trabajadora.
      • El trabajador deberá pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
        • Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales.
        • Personas desempleadas de larga duración.
        • Personas mayores de 50 años.
        • Personas con diversidad funcional.
      • El trabajador deberá permanecer desempleado e inscrito como demandantes de empleo en el SERVEF hasta su contratación.
    • PLAZO DE PRESENTACIÓN: Hasta el 30/09/2020.
    •  IMPORTE SUBVENCIÓN: 10.640 € *.
      • * Mujeres y personas con diversidad funcional 11.305 €.
      • * Persona con diversidad funcional severa o mujer víctima de violencia sobre la mujer 11.970 €.
      • * La contratación de al menos 15 horas semanales de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
  1. Contratación indefinida.
    •  Condiciones:
      • Contrataciones a partir del 19/02/2020 a 31/10/2020.
      • Contratación indefinida inicial a tiempo completo. Para personas con diversidad funcional severa se admitirán contratos a tiempo parcial con una jornada de al menos 15 horas semanales.
      • La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de los 30 días anteriores a la celebración del contrato, o mantenimiento de la plantilla cuando el puesto que se cubra hubiera quedado vacante a raíz de una baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, fallecimiento, jubilación por motivos de edad, despido disciplinario u objetivo no declarado improcedente de la persona trabajadora.
      • El trabajador deberá pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
        • Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales.
        • Personas desempleadas de larga duración.
        • Personas mayores de 50 años.
        • Personas con diversidad funcional.
      • El trabajador deberá permanecer desempleado e inscrito como demandantes de empleo en el SERVEF hasta su contratación.
    • PLAZO DE PRESENTACIÓN: Hasta el 31/10/2020.
    •  IMPORTE SUBVENCIÓN: 23.940 € *.
      • * Mujeres y personas con diversidad funcional 25.270 €.
      • * Persona con diversidad funcional severa o mujer víctima de violencia sobre la mujer 26.600.-€
      • * La contratación de al menos 15 horas semanales de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.