PRÓRROGA DE LOS ERTES HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE. CONDICIONES Y EXONERACIONES EN LAS COTIZACIONES SOCIALES.

NUEVA REGULACIÓN DE LAS PRESTACIONES DE AUTÓNOMOS.

Hoy sábado, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 24//2020 de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, en el que se regula la prórroga de los ERTEs por fuerza mayor y por causas ETOP hasta el 30 de septiembre, y se regula las prestaciones para autónomos a partir del 1 de julio.

Los aspectos más relevantes en cuanto a los ERTEs por fuerza mayor son los siguientes:

  • Los ERTEs estarán vigentes, como máximo, hasta el 30/09/20.
  • Se deberá reincorporar a los trabajadores afectados en la medida necesaria para el desarrollo de la actividad, primando ajustes de reducción de jornada.
  • No se podrán realizar horas extraordinarias, ni externalizar la actividad. Tampoco nuevas contrataciones, salvo excepciones.
  • Se mantienen, pero en menor porcentaje, las exoneraciones por las cotizaciones a la seguridad social (1)