• REQUISITOS

  • Personas trabajadoras autónomas, personas jurídicas de hasta 10 trabajadores, mutualistas, artistas, personal trabajador del mar, agrarios y empleadas de hogar, que ejerzan su actividad económica en la ciudad de Alicante, y que tengan su domicilio fIscal en el término municipal de Alicante, desde antes del 14 de marzo de 2020.
  • Haber tenido que suspender su actividad económica como consecuencia de la declaración del estado de alarma, o bien haber tenido una pérdida en el volumen de ingresos de la actividad económica de al menos 40% en el mes de abril de 2020.
  • Mantener su actividad económica durante al menos los seis meses posteriores a la publicación de la resolución de la concesión.
  • LÍNEAS DE IMPORTES DE AYUDA

  • 750 € para personas trabajadoras autónomas y personas jurídicas que no tengan contratado personal trabajador.
  • 1.200 € para empresas y personas trabajadoras autónomas que tengan contratados entre 1 y 5 trabajadores.
  • 2.000 € para empresas y personas trabajadoras autónomas que tengan contratados entre 6 y 10 trabajadores.
  • PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

  • El plazo de presentación de solicitudes será de seis días hábiles, iniciándose el plazo a las 9:00h del día siguiente hábil a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la provincia de Alicante.
  • A fecha de 11 de mayo aún no está abierto el plazo de presentación de solicitudes, se abrirá tras la publicación de la convocatoria de ayudas en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • La concesión de ayudas se realizará de forma directa en los solicitantes que reúnan la totalidad de requisitos y documentación exigida en estas bases, hasta agotar el crédito disponible. En el caso de que el número de solicitudes supere el crédito disponible, el secretario del Excmo. Ayuntamiento levantará acta del sorteo que marcará el número de expediente a partir del cual se comenzará la ramitación, y asignación de crédito, de las solicitudes presentadas.
  • FORMA DE PRESENTACIÓN

  • Solicitud telemática y documentación a través de la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Alicante.

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