Con fecha 18 de mayo de este año, el gobierno aprobó el Real Decreto 293/2018 sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, que prohíbe a los comerciantes suministrar a los consumidores de forma gratuita bolsas de plástico ligeras a partir del 1 de julio de 2018, y la prohibición absoluta de su suministro a partir de 2021.

De esta manera, el Real Decreto desglosa de la siguiente manera una serie de obligaciones para su aplicación:

  1. A partir del 1 de julio de 2018, además de introducirse la prohibición de entregar bolsas de plástico ligeras (aquellas con un espesor inferior a 50 micras) gratuitamente, también deberá comenzar a cobrarse un precio por las bolsas no ligeras, con excepción de aquellas que se fabriquen con un porcentaje mínimo del 70% de plástico reciclado.

  2. Desde el 1 de enero de 2020, se prohíbe la entrega de bolsas de plástico fragmentables o de bolsas de plástico no ligeras que no estén fabricadas con un mínimo del 50% de plástico reciclado.

  3. Por último, a partir del 1 de enero de 2021, no podrán entregarse a los consumidores ningún tipo de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras no compostables, gratuitamente o no.

¿Cuánto hay que cobrar por cada tipo de bolsa de plástico?

A. Precios mínimos de las bolsas de plástico no biodegradables:

 Bolsas de plástico muy ligeras con menos de 15 micras de espesor: 0,10.-€ / bolsa.

  • Bolsas entre las 15 y las 29 micras de espesor: 0,10.-€ / bolsa.

  • Bolsas de espesor igual o superior a 30 micras: 0,15.-€ / bolsa.

B. Precios mínimos de las bolsas de plástico compostables:

  • Bolsas de espesor inferior a 15 micras: 0,05.-€ / bolsa.

  • Bolsas de espesor de entre las 15 y las 29 micras: 0,05.-€ / bolsa.

  • Bolsas de espesor igual o superior a 30 micras: 0,10.-€ / bolsa.

C. Precios mínimos de las bolsas de plástico oxodegradables:

Bolsas de espesor igual o superior a las 50 micras: 0,30.-€ / bolsa.

Excepciones

Se deberán cobrar todas las bolsas de plástico. No obstante, se ha tener presente una serie de casos especiales:

  1. Las bolsas de plástico muy ligeras de menos de 15 micras podrán ofrecerse gratuitamente, únicamente por cuestiones higiénicas y/o para alimentos a granel.

  1. Las bolsas compostables y biodegradables contarán con un precio mínimo inferior a las bolsas de plástico estándar.

OBJETIVO DE LA NUEVA NORMATIVA

La finalidad principal que persigue el nuevo plan de gobierno es sin duda alguna la reducción del consumo de bolsas de plástico en nuestro país y la obtención de un medio ambiente libre de plásticos y de residuos, cumpliendo de este modo con lo estipulado por la legislación europea y su Directiva (UE) 2015/720, del Parlamento Europeo y del Consejo.

Hasta ahora, cobrar por suministrar bolsas de plástico en los comercios tan solo era una medida voluntaria en la que cada comerciante adoptaba la postura que creía más conveniente. Sin embargo, con la entrada en vigor del Real Decreto dicho carácter voluntario deja de existir para convertirse en una obligación.

Para la obtención de bolsas de plástico es necesario derivados del petróleo, con lo cual, el impacto que acarrea al medio ambiente es aún mayor si tenemos en cuanto tanto el proceso de fabricación como el hecho de que dichas bolsas tiene un período de uso muy bajo, con la consecuencia de que se convierten muy pronto en residuos de un alto contenido contaminante.

Los propósitos fundamentales de esta nueva normativa son:

  1. Reducir el consumo de bolsas plásticas hasta menos de 90 bolsas de plástico ligeras por persona al año con fecha tope de 31 de diciembre de 2019, que pasarían a ser 40 bolsas por persona al año en diciembre de 2025.

  1. En cuanto a las bolsas de mayor grosor (más de 50 micras), se pretende que su consumo disminuya en un 30% respecto a su utilización en 2016.

  1. Por último, la ley exige un nuevo marcado de bolsas para ofrecer instrucciones de reciclaje y también recopilar información sobre la efectividad de la medida.

Tipos de bolsas de plástico para comercios

La nueva normativa sobre bolsas de plástico en comercios también define los distintos tipos de bolsas que se utilizan en comercios, sin excluir las tiendas online:

  1. Bolsas de plástico ligeras: son aquellas que tienen un espesor inferior a 50 micras. Es la comúnmente llamada “bolsa camiseta”o“de un solo uso” debido al escaso grosor con el que cuenta.

  1. Bolsas de plástico muy ligeras: estas bolsas cuentan con un espesor inferior a 15 micras. Son las bolsas que normalmente se utilizan por higiene para transportar productos vendidos a granel (fruta, verduras…).

  1. Bolsas de plástico oxodegradables: están fabricada con plásticos que contienen aditivos que, una vez desechadas, se transforman en microfragmentos y terminan fusionados con el medio ambiente.

  1. Bolsas de plástico compostables: también llamadas bolsas biodegradables, están fabricadas a partir de almidón de cereal. Deben cumplir la norma europea EN 13432:2000, que fija los requisitos de producción de envases y embalajes compostables y biodegradables.

*La nueva normativa corresponde además a los fabricantes de bolsas de plástico ya que, a partir del 1 de enero de 2018, la ley prohíbe la comercialización de bolsas de plástico ligeras oxodegradables (espesor menor a 50 micras). La gran mayoría de bolsas consumidas en la UE son de este tipo, pero son las que menos se reutilizan.

¿Qué bolsas deberán cobrarse en las tiendas?

Se deberán cobrar todas las bolsas de plástico, pero hay que prestar atención a dos casos especiales:

  1. Las bolsas de plástico muy ligeras de menos de 15 micras podrán ofrecerse gratuitamente. Eso sí, estas deben utilizarse por cuestiones higiénicas y/o para alimentos a granel.

  1. Las bolsas compostables y biodegradables contarán con un precio mínimo inferior a las bolsas de plástico estándar.

Nuevo etiquetado de las bolsas de plástico en comercios

La nueva normativa sobre el suministro de bolsas de plástico en comercios también tiene compromete a los fabricantes. Además de la prohibición de elaborar las bolsas ligeras oxodegradables con espesor menor a 50 micras, los productores tendrán la obligación de aplicar un nuevo sistema de marcaje que valdrá para determinar cada modelo de bolsa y dar instrucciones sobre su reciclaje.

De modo que, será exigible para los productores de bolsas introducir información en torno al cómo reciclarlas y, además, será la vía para evaluar el impacto de la nueva normativa. Los fabricantes deberán posibilitar la información anual a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura y Pesca para determinar cuántas bolsas se han puesto en el mercado.

By Naranjo Asociados · Asesores Consultores de Empresas.